Hola! 😊
Desde el día 7 de abril está abierto el plazo para hacer tu declaración, seguro que ya lo sabes.
Nosotros, después de la presentación de impuestos trimestrales y libros contables, ya podemos centrarnos en ellas, así que…¡¿A qué esperamos?!
La verdad es que este año no hay muchas novedades respecto al anterior, desde el punto de vista normativo.
Lo diferente es que como consecuencia de los ERTES, habrá muchas personas que tengan dudas sobre cómo tributar. Sobre todo si han sufrido incidencias con los pagos.

Ojo! Respecto a esto, la Agencia Tributaria tiene intención de que a cada contribuyente le aparezca, en sus datos fiscales, la información correcta a declarar. Si eres uno de los afectados, es posible que los datos fiscales no estén bien confeccionados hasta el mes de junio, así que en muchos casos se recomendará esperar y apurar el plazo de presentación, para estar seguros.
El hecho de haber cobrado ERTE también provoca que se tengan dos pagadores, en la mayoría de los casos. Esto afecta cuando comprobamos si una persona está obligada o no a declarar.
¿Recuerdas cómo se comprueba la obligación de declarar? Echa un ojo al post que publicamos el año pasado sobre ello.
Para entrar en detalle, mejor analizamos cada caso individualmente, ¿te parece?
Recuerda que tenemos hasta el 30 de junio para hacer la declaración, y hasta el 26 de junio si quieres domiciliarla, ¡no te duermas!
No estas solo. Crecemos contigo.💪