jueves, 6 de octubre, 2016
Hasta el próximo 20 de octubre su empresa debe realizar el segundo pago a cuenta del Impuesto de sociedades del año, modelo 202 (o modelo 222 en caso de entidades que tributen como grupo de empresas). Habréis escuchado en las últimas semanas que el gobierno aprobó un decreto por el que se incrementaba ese pago a cuenta que había que realizar. Pero lo cierto es que este incremento solo afectará a las grandes empresas (aquellas con una facturación superior a los 10 millones de euros).
Por tanto, si su empresa no está entre estas grandes, el pago fraccionado no se verá incrementado con este cambio legislativo. Así, si está entre las empresas que calculan estos pagos según el método de cuota (el estándar o por defecto si no elige la otra opción), tendrá que ingresar el 18% de lo pagado en el último impuesto de sociedades presentado el pasado julio.
Sin embargo, si su entidad es una gran empresa, este pago ha sufrido cambios que se notarán en la cantidad a ingresar:
Por tanto, con la excusa de controlar el déficit público y cumplir con los compromisos europeos, se vuelve a incrementar la carga fiscal al tejido empresarial. Porque, aunque es cierto que el tipo del Impuesto sobre sociedades no se toca y sigue fijado en el 25%, este incremento en el pago a cuenta no solo hace que este importe sea adelantado antes de llegar al cierre del ejercicio, sino que el hecho de fijar un pago mínimo sobre el resultado contable tan alto puede llevar a muchas entidades a la obligación de tener que ingresar ahora en el pago fraccionado, para luego pedir la devolución al presentar el Impuesto de sociedades.