¿Sabes que hay herramientas de planificación fiscal que te permiten reducir la tributación de tu empresa y trabajadores? ¿Estás seguro de estar aprovechándolas todas?
Esto solo se consigue haciendo planificación fiscal. O lo que es lo mismo, sentándote con la persona que lleva la asesoría fiscal de tu empresa para que conozca la realidad de la empresa y, en un análisis posterior, te explique qué medidas puedes tomar para pagar menos a Hacienda.
Te enseño, de forma muy general, tres herramientas que nosotros vemos que se usan muy poco, sorprendentemente.
1. Planificación fiscal: aumento de la nómina del empresario
Un hábito muy común en una PYME es que la nómina del empresario sea pequeña y esto, fiscalmente, puede no ser interesante.
Ten en cuenta lo siguiente. El dinero que no sale de la empresa hacia el bolsillo del empresario, quedará en el beneficio y va a tributar al 25% en el impuesto de sociedades, quedándose acumulado en los fondos propios la empresa.
Pero algún día, el empresario querrá sacarlo, y la única vía será como dividendo, que tributa al 19%, como mínimo.
Esto hace que de 100 euros que entraron en la empresa, hacienda se ha llevado 36 euros (36%).
Si te pones en el caso de llevártelo directamente como nómina, ese dinero es un gasto en la sociedad, por lo que no tributa. Y solo tendrá el coste fiscal del empresario en su IRPF. ¿Sabes cuánto tienes que estar ganando para superar el 36% que decía anteriormente? Unos 150.000 euros, aproximadamente.
¡Ojo! Eso sí, ten en cuenta que la empresa pueda permitirse esa subida de nómina. Reducir el beneficio puede tener otras consecuencias.
En cualquier caso, te podrías plantear hacer un análisis fiscal y contable para empresas con la ayuda de un profesional, de esta forma podrás tomar la mejor decisión en tu caso.
2. Planificación fiscal: deducciones para proyectos de innovación
Hay muchas PYMES que hacen un esfuerzo importante en inversiones que pueden ser consideradas por Hacienda como proyectos de I + D o de innovación tecnológica, pero en cambio no aprovechan las deducciones que el impuesto de sociedades te ofrece.
¡Ojo! La empresa podría llegar a deducirse hasta un total del 40% de los gastos de la inversión, en el primer año.
Para poder beneficiarte tienes que prepararlo con tiempo. Es necesario conseguir un informe de la Administración reconociendo que el proyecto es susceptible de conseguir la deducción. Para ello es recomendable ponerse en contacto con alguna empresa especializada en preparar toda la documentación necesaria en colaboración con tu asesor.
Imagino que te estarás preguntando si esta herramienta fiscal te puede servir a ti. Esto te puede servir de ayuda.
Tipos de inversiones que se podrían beneficiar:
- La materialización de nuevos productos o procesos.
- Creación de un prototipo de producto, no comercializable.
- Proyectos de demostración inicial o proyectos pilotos.
- Diseño y elaboración del muestrario para el lanzamiento de los nuevos productos.
- La creación, combinación y configuración de software avanzado.
- La materialización de los resultados de una innovación.
- La elaboración de muestrarios textiles, de la industria del calzado, del curtido, de la marroquinería, del juguete, del mueble y de la madera, aunque no se realicen en el marco de una actividad de innovación tecnológica.
Especialistas en asesoramiento a empresas tecnológicas o científicas te podrán ayudar para poder aplicarte estas deducciones sin riesgo de perderlas.
3. Planificación fiscal: retribución en especie a trabajadores
Dicen que la motivación es la herramienta que nos ayuda a hacer el esfuerzo por alcanzar nuestros objetivos. Y en base a esto, supongo que quieres tener trabajadores motivados, ¿no?
Pues de eso trata esta herramienta. No supone un ahorro fiscal a la empresa, pero sí a los trabajadores.
Te lo explico con un ejemplo. Si tu le pagas 1.000 euros a un trabajador, éste tendrá que declarar ese ingreso en su renta y tributar por él. Imagínate que paga el 20%. Pues al final, el trabajador sólo se queda con 800 euros. El trabajador es posible que tenga un hijo en la guardería y pague 300 euros. De los 1.000 euros iniciales, solo le quedan 500 euros.
Lo que te propongo es que la empresa sea la que paga la guardería del hijo del trabajador. De esta forma, el trabajador va a recibir 700 euros, de los cuales ya no tiene que pagar guardería. Y en su renta, tendrá que tributar sólo por los 700 euros. Es decir, pagaría a Hacienda 140 euros. Esto implica que de los 1.000 euros iniciales, lo que le va a quedar disponible son 560 euros.
¡Atención! Puede parecer poco, pero en el año sería un ahorro para el trabajador de 720 euros (¡casi una nómina más!).
Tipos de gasto a incluir en este apartado
- Vales de comida.
- Guardería.
- Seguros de enfermedad para trabajadores, cónyuges y descendientes.
- Transporte público.
- Formación relacionada con el puesto de trabajo.
Hay mucha casuística y requisitos que cumplir dentro de estas opciones legales, pero es cuestión de analizarlas con tu asesoría fiscal.
Recuerda que estés donde estés podemos ayudarte. Tenemos nuestras oficinas de asesoría en Madrid, Fuengirola y Zamora, pero virtualmente estamos en todas partes 🤗.
No estás solo. Crecemos contigo.