Llega fin de mes y tienes que hablar con tu asesoría fiscal, tienes que poner dinero en tu empresa.
Estamos esperando que ese cliente al que le estamos rematando el proyecto aún no ha hecho el pago. Realmente es extraño. No suele salirse del periodo de pago establecido. Bueno, realmente tan extraño no es. Ese chico que lleva su administración parece que a la mínima complicación nos echa para atrás la factura.
El problema es que estamos en mes de impuestos y hay que pagar el IVA, las retenciones,… y además los seguros sociales. ¿Ampliamos la cuenta de crédito? ¿Por un mes va a merecer la pena? Casi mejor le digo a mi socio que adelantemos el dinero y ya veremos más adelante…

¿Cuál es el problema de sacar o poner dinero de mi sociedad?
En la mayor parte de las Pymes la diferencia entre el dinero del socio (o socios) y el de la empresa es muy pequeña. Esa fina línea entre la cuenta de mi empresa y la mía personal puede llegar a ser un problema a efectos fiscales y de hacienda si no se hace correctamente y de forma algo ordenada.
Uno de los errores más comunes que nos encontramos cuando realizamos la consultoría financiera de una empresa, es que estas aportaciones de dinero del socio a la sociedad, o las salidas de la sociedad al socio, se reflejan en contabilidad de cualquier manera, sin estar claro el por qué y las consecuencias de haberlo hecho así. Y en esto es en lo que queremos incidir con este post.
Vamos a diferenciar entre las dos situaciones que hemos comentado anteriormente.
Si tienes que poner dinero en mi empresa, habla con tu asesoría fiscal.
Quizás lo más habitual, y no solo cuando empiezas el negocio. Es normal que tu empresa tenga en un momento dado (y más en este periodo de incertidumbre en el que estamos inmersos) algún déficit de tesorería.
Lo más sencillo es ponerlo de tu bolsillo, pero el problema puede surgir si no haces nada más allá de realizar la transferencia.
Ten en cuenta que cualquier ingreso o transferencia que hagas a tu empresa tiene que estar justificada, y tener un soporte. Si no, Hacienda puede comprobarla y considerar lo que le se más oportuno a ello.
¡Atención! Puedes hacerte una pregunta sencilla: ¿La intención es que la empresa me devuelva el dinero a corto plazo?
Sacar dinero de la empresa a corto plazo
Si es así, y la idea es devolver el dinero en un periodo corto de tiempo, lo más sencillo y resolutivo es formalizar la operación en forma de préstamo. No hace falta que sea una cosa excesivamente complicada, pero sí que es cierto que en él hay que indicar importe, vencimiento de la operación (cómo voy a devolverlo) y tipo de interés (algo tendrás que cobrar por ello, ¿no?).
Ten en cuenta, además, que es bueno pasar esta operación por la hacienda de la Comunidad Autónoma y presentar el modelo 600. No tiene coste alguno y de esta manera queda validada la operación por un tercero. Con lo que Hacienda es más difícil que te ponga pegas.
Sacar dinero de la empresa que no voy a devolver
Si, por el contrario, la idea es dejar el dinero en la empresa y no recogerlo en poco plazo, la opción más barata es la de aportarlo a Fondos propios.
Esta aportación a fondos propios es la opción barata y reducida de la ampliación de capital (que también sería una opción aunque más cara). Con un acta de acuerdo entre socios, podemos aportarlo a la sociedad y que forme parte del patrimonio de la misma. Si es cierto que hay que cumplir algunos requisitos, pero no es algo que necesite excesiva burocracia.
Este es un caso muy común que proponemos en el caso de las sociedades que se han constituido con un capital pequeño o con el mínimo legal, y al día siguiente les toca a los socios enviar dinero para poder hacer frente a todos los gastos e inversiones que la actividad necesita para iniciarse. Ya sabéis, como hemos comentado en otros post, que en la constitución conviene estudiar la inversión necesaria. Pero si no lo has hecho, esta es una opción rápida de corregir el error.
Si tienes que sacar dinero de tu empresa, habla con tu asesoría fiscal.
Si por el contrario eres tú el que, en un momento dado, necesita sacar dinero de la empresa por un imprevisto, o bien porque se hayan estado acumulando los beneficios, tienes que tener bastante más cuidado.
Ten en cuenta que la remuneración del socio en una Pyme es un aspecto que, con la planificación adecuada, no tiene que ser un problema. Pero eso sí debe de ser algo pensado con tiempo y sentando las bases adecuadas.
¿Por qué?
Pues porque si sacas el dinero de la empresa de golpe sin justificar nada, Hacienda va a considerar que se ha repartido un dividendo. Un dividendo que va a tributar en el socio, ya que no será gasto para la sociedad. Y a eso deberás sumarle sanciones y recargo.
Por ello es conveniente, contra lo que suele pensar el empresario, tener un salario alto, ya que a la larga supone una menor tributación, tanto en el socio, como en la sociedad (para la que incluso ese salario sería deducible).
Y en último caso, hay opciones tales como gratificaciones, estructuras holding, o incluso en un momento dado un dividendo aprovechando ciertas ventajas fiscales, que puede resolver ese problema.
De cualquier modo, este tipo de operaciones merecen un estudio detallado por parte de tu asesoría fiscal. Y como siempre os decimos, un estudio y planificación a medio/largo plazo del funcionamiento de este tipo de operaciones, te resuelve muchos problemas a futuro.
Recuerda que estés donde estés podemos ayudarte. Tenemos nuestras oficinas de asesoría en Madrid, Fuengirola y Zamora, y virtualmente estamos en todas partes con nuestro servicio de asesoría online.
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