jueves, 25 de febrero, 2016
Ahora que estamos ultimando el cierre del ejercicio 2015, nos parece importante recordar ciertos aspectos a tener muy en cuenta, sobre todo por el hecho de ser de nueva aplicación este año.
Por ejemplo, una de las modificaciones que trajo la reforma del Impuesto sobre sociedades fue la simplificación de las tablas de amortización. Estas entraban en vigor a partir del año 2015 estableciendo una sola y única tabla con su correspondientes coeficientes lineales y periodos máximos.
Respecto a los elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a su entrada en vigor a partir del 01-01-2015, y que ya se venían amortizando en base a las tablas antiguas, se establece lo siguiente:
En el mismo sentido, la Ley establece la posibilidad de aplicar libertad de amortización para bienes de escaso valor, de hasta 300 euros de valor unitario, con un máximo de 25.000 euros anuales.